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dc.contributor.authorRamírez, Gloria
dc.date.accessioned2019-02-26T15:05:32Z
dc.date.accessioned2021-03-19T03:47:05Z
dc.date.available2019-02-26T15:05:32Z
dc.date.available2021-03-19T03:47:05Z
dc.date.issued2017
dc.identifier.isbn978-607-02-9188-3
dc.identifier.urihttp://www.librosoa.unam.mx/handle/123456789/1774
dc.description.abstractMéxico presentó ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) en el 52º período de sesiones del 07 al 27 de julio de 2012 los informes periódicos séptimo y octavo combinados de México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051a y 1052a, celebradas en la sede de las Naciones Unidas. (Véase CEDAW/C/SR.1051 y 1052). De acuerdo a las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer CEDAW/C/MEX/CO/7-8, en el punto 41 el Comité solicita al Estado mexicano que le proporcione por escrito, en un plazo de dos años, información sobre las medidas que haya adoptado en atención a las recomendaciones siguientes (párrafos 19 b) y 33 a) y b)). México debía presentar dicho informe sombra en julio de 2014, sin embargo lo presentó en el mes de enero de 2015. La presente publicación responde a dichas recomendaciones desde una perspectiva académica, feminista y ciudadana.
dc.language.isoes
dc.publisherUniversidad Nacional Autónoma de México
dc.subjectDiscriminación contra la mujer
dc.subjectDesapariciones forzadas
dc.subjectProtocolo Alba
dc.titleEl Acceso a la Justicia y al Aborto Legal
dc.title.alternativeExigencias del Comite CEDAW a México 2015
dc.publisher.entityFacultad de Ciencias Políticas y Sociales
dc.subject.areaPolítica


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